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Reglamento Disciplinario

3- REGLAS DISCIPLINARIAS      

Las reglas disciplinarias tienen por objeto fundamental preservar al torneo dentro del espíritu del deporte amateur. Para lograrlo se encargará de sancionar las faltas cometidas antes, durante o después del partido por jugadores, espectadores y/o simpatizantes de los equipos, se hallen o no dentro del campo de juego. El marco general para la/s sanción/es será el espíritu de Fair Play y caballerosidad deportiva que debe reinar en cualquier deporte, más especialmente en el caso de un torneo amateur, cuyo propósito final es exclusivamente el esparcimiento y el encuentro entre amigos mediante la práctica del deporte. La aplicación de las mismas queda A CRITERIO de los Señores Árbitros y el Tribunal de Disciplina.

3.1. Actos de indisciplina entre jugadores:

Siendo los jugadores los partícipes directos del juego, y dando por sentado que todos se hallan en condición de igualdad ante la autoridad, las sanciones a tomar, surgirán de la gravedad del acto en sí mismo, de la intencionalidad, de los antecedentes de/de los infractor/es y del principio de acción y reacción.

Tiro libre directo: Se concederá un tiro libre directo si un jugador comete una de las siguientes acciones que el árbitro considere imprudente, temeraria o con el uso de una fuerza excesiva:

Dar o intentar dar una patada a un adversario.

Poner o intentar poner una zancadilla a un adversario.

Saltar sobre un adversario.

Cargar sobre un adversario.

Golpear o intentar golpear a un adversario.

Empujar a un adversario.

Sujetar a un adversario.

Escupir a un adversario.

Tocar el balón con las manos deliberadamente.

Tiro Penal: Se concederá un tiro penal si un jugador comete una de las faltas anteriormente mencionadas dentro de su propia área, independientemente de la posición del balón y siempre que el mismo esté en juego.

El tiro penal se realizará desde el punto del penal y los  jugadores que no participen del mismo deberán permanecer fuera del área grande.

Tiro Libre indirecto: Se concederá un tiro libre indirecto si un jugador cometiese una de las siguientes acciones:

Cometidas por el arquero (dentro de su propia área): Se ejecuta desde el lugar que se cometió la falta.

Tardar más de seis segundos en poner el balón en juego después de haberlo controlado con sus manos.

Volver a tocar el balón con las manos luego de haber puesto en juego y sin que nadie del equipo lo haya tocado.

Tocar el balón con las manos después de que un jugador de su equipo se lo haya cedido con el pie (es válido recibir la pelota si un jugador realiza el pase con la cabeza, hombros o pecho).

Tocar el balón con la mano después de haberlo recibido de un saque de banda, lanzado por un compañero (solo Futbol 8).

Cometidas por un  jugador:

Jugar en forma peligrosa

Obstaculizar el avance de un adversario.

Impide que el guardameta pueda sacar el balón con las manos.

Cometer cualquier otra falta que no haya sido anteriormente mencionada, por la cual el juego sea interrumpido para amonestar o expulsar a un jugador.

Sanciones Disciplinarias: Una falta puede ser sancionada con una amonestación o una expulsión. El criterio del accionar del árbitro varía de acuerdo a la situación e interpretación. En un marco general se dice:

Faltas sancionables con una amonestación:

Ser culpable de conductas antideportivas.

Desaprobar con palabras o acciones.

Infringir persistentemente las reglas de juego.

Retardar  la reanudación del juego.

No respetar persistentemente la distancia reglamentaria en un saque de esquina, tiro libre o saque de banda.

Entrar en el terreno de juego sin permiso del árbitro.

Abandonar deliberadamente el terreno de juego sin el permiso del árbitro.

Faltas Sancionables con una expulsión:

Ser culpable de Juego Brusco grave.

Ser culpable de conducta violenta.

Escupir a un adversario o a cualquier otra persona.

Impedir con mano intencionada un gol o malograr una oportunidad manifiesta de marcar un gol.

Emplea lenguaje o gesticula de manera ofensiva, grosera u obscena.

Recibir una segunda amonestación en el mismo partido.

3.2. Sanciones por no contar con el mínimo reglamentario de jugadores:

TdeA Futbol ha determinado que en el caso que EL EQUIPO contara con 6 (seis)  jugadores en futbol 8 y 4 (cuatro) jugadores en futbol 6 o futbol 5  y uno de ellos fuera expulsado o tuviera que retirarse de la cancha por otro motivo, el partido quedará automáticamente terminado y se aplicará la ley del walk-over (ver Ley de Walk Over: 1.7.).

3.3. Sanciones y penas por actos de indisciplina entre jugadores:

A continuación se detallan las sanciones ORIENTATIVAS previstas para los casos en que actúe el Tribunal de Disciplina. TdeA Futbol  adhiere a las normativas dispuestas por la F.I.F.A. y adaptará las sanciones previstas por el Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino a sus torneos de la siguiente forma:

3.3.1. Suspensión de 3 a 10 partidos al jugador:

a) Que agreda a otro jugador aplicándole golpe por cualquier medio y si este fuera aplicado de atrás, será una condición agravante:

1º) Puñetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.

2º) Cachetazo: estando o no en juego la pelota entre ambos jugadores.

3º) Puntapié: no estando la pelota en disputa entre ambos jugadores.

4º) Rodillazo: estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores.

5º) Cabezazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

6º) Tacazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

7º) Codazo: sin estar disputando la pelota el jugador que lo aplique.

8º) Plancha: que llegue a destino, aplicada estando o no en disputa la pelota entre ambos jugadores.

9º) Pisar intencionalmente al adversario, estando el juego detenido.

10º) Arrojar la pelota con las manos o pies en forma deliberada al adversario, golpeándolo en el cuerpo o en la cara.

11º) Derribe, embiste, empuje, de empellones o zamarree violentamente a otro jugador o lo agarre en forma agresiva del cuello, de los cabellos, etc.

b) Que salivare en forma deliberada a otro jugador.

3.3.2. Suspensión de 2 a 10 partidos, al jugador que:

a) Replique la agresión a que fuera objeto, incurriendo en las mismas acciones especificadas en el artículo anterior de este Reglamento, salvo caso de legítima defensa.

b) Incurra en cualquier otra acción violenta prohibida por las Reglas de Juego como:

1º) Puntapié, que llega a destino estando en juego la pelota en ese momento entre ambos jugadores.

2º) Pisar intencionalmente al adversario mientras disputan la pelota.

3º) Tacazo, al adversario mientras disputan la pelota.

4º) Codazo, al adversario, mientras disputan la pelota.

5º) Planchazo que no llega a destino, arrojado estando o no la pelota entre ambos jugadores.

6º) Cabezazo al adversario aplicado deliberadamente, mientras disputan la pelota.

7º) Golpe fuerte al arquero, aplicado por el adversario en forma deliberada cuando aquel está en poder de la pelota.

8º) Violento foul intencional.

3.3.3. Suspensión de 1 a 10 partidos, al jugador que:

a) Se exceda en caso de legítima defensa, en los medios racionales para repeler la agresión de que fuera objeto.

b) Por agresión frustrada (cualquier golpe que no llegue a destino y cuya sanción no esté prevista en este Reglamento), o por intento de agresión, o por amago de agresión

c) Impida de manera intencionada a un adversario una oportunidad manifiesta de marcar un gol, con medios ilegales (Ley del último recurso)

d) Insulte, agravie, ofenda, se mofe o burle de palabra, gesto o actitud a un jugador adversario.

e) Juego Brusco simple (actos de juego brusco que se realicen con menor violencia).

3.4. Sanción por acumulación de tarjetas amarillas:

Se suspende por un partido al jugador que registre en el Tribunal de Disciplina tres amonestaciones, cualquiera fueran los motivos, impuestas por los árbitros en partidos oficiales diferentes, consecutiva o alternadamente. El registro de amarillas puede llegar a borrarse al pasar de una etapa del torneo a otra (consultar).

3.5. Sanciones en caso de agresión grupal:

Cuando dos o más jugadores de EL EQUIPO se vean involucrados en casos de agresión. Las penas previstas para estos casos contemplaran inhabilitaciones a cada jugador, y/o inhabilitaciones al plantel completo de EL EQUIPO, y/o descuento de puntos, y/o expulsión del campeonato a jugadores puntuales, y/o expulsión del campeonato a EL EQUIPO.

3.6. Sanciones en caso de tumulto Generalizado:

En caso de tumulto generalizado antes, durante o después del encuentro, ya sea entre jugadores, como así también con las autoridades del partido, quedarán a criterio del Tribunal de Disciplina las sanciones que éste considere correspondientes. Estas sanciones van desde la suspensión de los jugadores intervinientes según lo reglamentado hasta la suspensión de EL/ LOS  EQUIPO/S por tiempo indeterminado. Quedarán a criterio del Tribunal de Disciplina los puntos en juego. Se deja constancia que el partido quedará suspendido en el momento que el árbitro lo disponga. En caso de no haberse cumplido el tiempo reglamentario, éste no podrá ser concluido en otra oportunidad, salvo que excepcionalmente LA ORGANIZACIÓN así lo dispusiera.

3.7. Sanciones y penas por actos de indisciplina cometidos contra los árbitros y/o árbitros asistentes:

El criterio principal a tomar en cuenta para sancionar actos de indisciplina hacia el árbitro es el principio de autoridad. Siendo el árbitro el encargado de administrar el reglamento de juego durante el desarrollo del partido, y asentando que el mismo es imparcial y objetivo, las sanciones revisten el grado máximo de gravedad, ya que si la autoridad del mismo es desobedecida se torna imposible el desarrollo del partido. Será sancionado cualquier jugador que agreda, agravie o desacate al árbitro o a los árbitros asistentes (jueces de línea). En caso de que estas acciones fueran llevadas a cabo por simpatizantes de un equipo, EL EQUIPO recibirá una sanción en su conjunto, siendo este el único responsable por la gente que invita a presenciar su partido.

A continuación se detallan las sanciones ORIENTATIVAS previstas para los casos en que actúe el Tribunal de Disciplina. La agresión, intento de agresión, agravio, insulto, ofensa o burla, que se cometan fuera del campo de juego, serán sancionados con igual pena que la establecida para las infracciones cometidas dentro del campo de juego. Cuando la agresión fuera producida por más de una persona, se considerara AGRESION GRUPAL, y las sanciones irán dirigidas a la totalidad del equipo. Toda falta contra la autoridad;  juez de línea, del veedor o supervisor del partido, merece igual pena a la establecida en el caso del árbitro.

TdeA Futbol adhiere a las normativas dispuestas por la F.I.F.A., A.F.A., e International Board y adaptara las sanciones previstas por el Reglamento de Transgresiones y Penas de la Asociación del Fútbol Argentino a sus torneos de la siguiente forma:

3.7.1. Suspensión de 1 año a 4 meses: Al jugador que agreda al árbitro violentamente aplicándole golpe por cualquier medio, o lo derribe, embista, empuje de empellones o zamarree.

3.7.2. Suspensión de 4 a 2 meses: Al jugador que agreda al árbitro de modo menos violento que en el caso previsto en el artículo anterior o intente agredirlo de forma persistente  (siendo reducido ya sea por sus compañeros, rivales, o integrantes de LA ORGANIZACIÓN). También serán penadas de igual manera, las acciones de salivar en forma deliberada y arroje intencionalmente la pelota con manos o pies alcanzando a golpearlo.

3.7.3. Suspensión de 2 meses a 2 partido: Al jugador que agravie al árbitro, ya sea provocando de palabra o actitud, discutiendo en tono violento, ofendiendo o insultando, burlando de palabra, gesticulando, haciéndole ademanes obscenos o injuriosos, manoseándolo o tironeándolo de la ropa o inferirle cualquier otro agravio.

3.7.4. Suspensión de 2 meses a 1 partidos: Al jugador que se resista a cumplir la orden de expulsión de la cancha impartida por el árbitro. Se entiende que hay resistencia, cuando el jugador tiene que ser retirado por la autoridad fuera de la cancha, cuyo caso es el veedor o supervisor del partido, compañeros o adversarios.

3.7.5. Suspensión de 2 meses a 1 partidos: Al jugador que exteriorice su protesta o resistencia contra la autoridad del árbitro, abandonando el juego y permaneciendo inactivo en la cancha, o facilitando la libre acción de los jugadores adversarios o perturbando en cualquier otra forma el normal desarrollo del partido.

3.7.6. Suspensión de 3 a 1 partidos: Al jugador que desacate una orden impartida por el árbitro, demorando su cumplimiento o retardando la prosecución del juego, o realice cualquier acto que signifique desobediencia contra la autoridad de aquel.

3.5.7. Suspensión de 3 a 1 partido: Al jugador que abandone la cancha originando la suspensión del partido o la abandone como acto de disconformidad con el fallo del árbitro.

3.7.8. Suspensión de 1 partido: Al jugador que con gestos o actitudes tienda a inducir a error del árbitro o al juez de línea.

3.7.9. Suspensión de 1 partido: Al jugador que dentro de la cancha, formule cualquier clase de apreciaciones sobre las decisiones adoptadas por el árbitro.

3.8. Actos de indisciplina hacia LA ORGANIZACIÓN (veedores, supervisores, organizadores):

El personal de la organización tiene como función anterior al partido proveer los medios para el normal desarrollo del mismo, a saber: pelotas, llenado de planillas, asistencia a jugadores, condiciones generales del campo de juego (redes y banderines), entre otros. Una vez iniciado el encuentro y hasta su finalización, se limitará a mantener las condiciones del material de juego y ser testigo imparcial, objetivo y fundamentalmente, externo de todo lo que sucede dentro del campo de juego, no pudiendo en ningún caso intervenir u opinar en las decisiones que sobre la aplicación de las reglas de juego tome el árbitro, salvo que el árbitro lo solicite en casos excepcionales. De la condición de testigo objetivo, imparcial y externo y siendo que el personal de la organización se encuentra al servicio de los jugadores, las faltas cometidas contra su persona revisten una gravedad mayor que las cometidas entre jugadores y su sanción tomará criterios similares a las cometidas contra el árbitro y/o árbitros asistentes.

4- REGLAS COMPLEMENTARIAS

Las reglas complementarias regularan aquellas cuestiones referidas a temas operativos entre EL EQUIPO y LA ORGANIZACIÓN, como ser el envío mutuo de boletines comunicativos, la reglamentación de posibles reuniones de capitanes, las reglamentaciones concernientes al buen uso de las instalaciones deportivas y del material de LA ORGANIZACIÓN.

4.1. Comunicación entre LA ORGANIZACIÓN y EL EQUIPO:

La comunicación entre La Organización y EL EQUIPO se llevará a cabo a través de distintos medios, según la naturaleza del contenido, a saber:

4.1.1. Boletín informativo o " informe semanal": TdeA Futbol publicará luego de cada fecha de juego un boletín informativo o "informe semanal" en el que consignará toda la información de la última fecha jugada, como ser Tablas de Posiciones, Resultados de los partidos, Tabla de Fair Play, Jugadores Inhabilitados para jugar la próxima fecha y toda otra información relevante concerniente a la última fecha jugada o a las próximas fechas de juego. Este boletín informativo se publicará en el web site perteneciente a TdeA Futbol (www.tdeafutbol.com.ar). TdeA Futbol presumirá que la información fue vista correctamente por EL EQUIPO, por lo que no admitirá reclamos  argumentados en una real o supuesta falta de conocimiento de la información allí contenida. Si EL EQUIPO no viere tal información, será exclusiva responsabilidad de éste informar a LA ORGANIZACION.

4.1.2. Reclamos con respecto al Boletín informativo: EL EQUIPO, a través de su capitán, podrá reclamar a LA ORGANIZACIÓN en el caso de que la información vertida en el boletín informativo o "informe semanal" fuese errónea. El tiempo límite para efectuar este reclamo será de una semana luego de la emisión del boletín informativo cuestionado. Pasado este tiempo límite, excepcionalmente se recibirán reclamos cuando se comprobare fehacientemente que existe un error grosero por parte de LA ORGANIZACIÓN vertida en este boletín informativo o "informe semanal". Todo reclamo, para que tenga validez, deberá ser enviado a info@tdeafutbol.com.ar y luego deberá ser reconocido y admitido por LA ORGANIZACIÓN. Si este reconocimiento por parte de LA ORGANIZACIÓN no se manifestare, se interpretará como una negativa hacia el pedido de EL EQUIPO.

4.1.3. Descargos de los Jugadores: Un jugador, por intermedio de su capitán, dispone de una semana desde la culminación del partido para realizar su descargo a LA ORGANIZACION.

Apelaciones de fallos: La apelación de los fallos del Tribunal de Disciplina será enviado a LA ORGANIZACIÓN vía mail, remitida y firmada por el capitán de EL EQUIPO, detallando los motivos de dicha apelación, los causales en los cuales se basa, como así también los datos del partido en cuestión. El hecho de apelar un fallo no significa una automática reducción o anulación de la sanción impuesta, sino que es un pedido de revisión de la pena corriendo por cuenta de LA ORGANIZACIÓN. La falta de respuesta por parte de LA ORGANIZACIÓN se entenderá como respuesta negativa al pedido en cuestión.

4.1.4. Recusación del árbitro: dice el artículo 170º del Reglamento General de la A.F.A.:

"... Los clubes podrán suministrar un informe sobre el desempeño técnico del árbitro que actúe en cualquier partido en que intervengan sus equipos, calificándolo con alguno de los siguientes conceptos: bueno, regular o malo..." "... debiendo ser acompañado por las razones que, a su criterio motiven la calificación y con referencias directas a las Reglas de Juego..."

En este sentido TdeA Futbol, ha dispuesto, al contrario de lo expresado en el artículo 170º del Reglamento General de la A.F.A. que no permitirá  a los equipos recusar a un árbitro. Solamente le permite elevar un informe de evaluación, pudiendo cada equipo efectuar dos informes arbitrales por torneo, la cual deberá ser presentada dentro de la semana vía mail y tendrá validez por medio año en curso. No se admitirá reclamo alguno antes, durante o después de un partido con respecto a la designación de un árbitro si EL EQUIPO no hubiere efectuado el pedido de recusación formal. Este pedido será válido solo si es elevado por el capitán del equipo.

4.2. Asambleas Extraordinarias de Capitanes:

Si excepcionalmente LA ORGANIZACIÓN decidiera someter un tema a la decisión de los equipos, podrá convocar a los mismos  a emitir su opinión y votar la determinación a tomar. Los equipos deberán estar representados por sus capitanes o, si esto no fuese posible, por algún jugador representativo designado por EL EQUIPO. El mínimo de equipos representantes  para que la asamblea tenga validez será de 4 (cuatro), y las decisiones que allí se tomen resultarán de una votación, en donde cada equipo podrá emitir un solo voto (independientemente de la cantidad de representantes del equipo presentes en la reunión). El caso se decidirá por mayoría simple de votos, en donde LA ORGANIZACIÓN también emitirá el suyo, el cual, en caso de escrutinio empatado, será el decisivo.

4.3. Uso de las instalaciones y materiales de LA ORGANIZACIÓN:

4.3.1. Rotura intencional y hurto: En caso de que un jugador o simpatizante de EL EQUIPO rompiera intencionalmente material de LA ORGANIZACIÓN o instalaciones de los predios deportivos, será pasible de ser sancionado con 1 a 4 partidos de suspensión, y se cargará el costo del mismo, o su reparación a la cuenta de EL EQUIPO. Si el hecho fuera protagonizado por un simpatizante de EL EQUIPO, la suspensión recaerá sobre el capitán. El hurto del material, tanto de los predios deportivos, como así también de LA ORGANIZACIÓN, será penado de igual modo que la rotura intencional.

4.4. Suspensión de fechas por cuestiones climáticas: En caso de duda sobre si se juega o no la fecha programada por cuestiones climáticas, el procedimiento a seguir será el siguiente:

1º) LLUVIA ANTES DEL HS DEL PARTIDO: EL DELEGADO del equipo debe aguardar a la comunicación de suspensión por parte de LA ORGANIZACIÓN. Si la misma no sucede, significa que el partido se juega con total normalidad. EL DELEGADO y su equipo no deben comunicarse con LA ORGANIZACIÓN para consultar por el estado de juego dado que las consultas retrasan la posibilidad de tomar una decisión al respecto para avisarles a todos los equipos con el debido tiempo.
2º) LLUVIA DURANTE EL PARTIDO: Puede suceder que momentos antes de jugar no este lloviendo o este lloviendo pero el campo de juego se encuentre en condiciones y luego, durante el juego comience a llover. Dichas circunstancias son ajenas a LA ORGANIZACIÓN y azarosas con lo cual escapan al posible aviso de suspensión antes del horario del encuentro. Si el partido no fue suspendido por LA ORGANIZACIÓN y el equipo se negase a jugar, quedara a criterio de la misma la situación del equipo en el torneo.

3º) Toda fecha suspendida se recuperará luego de la última fecha programada, conservándose el horario y la cancha asignada, salvo que LA ORGANIZACIÓN dispusiera una modificación al respecto.

4º) Si una fecha debiera ser suspendida durante el transcurso de la misma, los partidos postergados se recuperaran en una fecha asignada a tal fin por LA ORGANIZACIÓN, preferentemente antes de la culminación del torneo en curso.


IMPORTANTE: Rara vez los partidos que se realizan en césped sintético se suspenden por lluvia. Por otro lado los partidos en canchas de césped natural se suspenden ante la mínima precipitación
.


Este Reglamento puede sufrir modificaciones sin previo aviso.

Los participantes no pueden alegar el desconocimiento del mismo que se encuentra publicado en nuestro sitio web.